Proveedores de Viviendas (Propietarios)

Todos los propietarios del Condado de Dane son proveedores de viviendas de Sección 8. 

Ordenanza contra la discriminación del Condado de Dane, WI: El capítulo 31 del código de ordenanzas del Condado de Dane prohíbe la discriminación basada en la recepción de asistencia para el alquiler o la vivienda. 

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Pago de Asistencia de Vivienda

  • El contrato de pago de asistencia de vivienda (HAP) debe ser firmado y devuelto a la CDA con una copia del contrato de alquiler firmado dentro de 60 días del inicio del contrato de alquiler  
  • Ningún pago puede ser realizado hasta que el contrato HAP y el contrato de alquiler firmado se hayan devuelto a la oficina  
  • Las copias de todos los avisos de desalojo de cinco y catorce días deben ser enviadas por correo o fax a la oficina de Sección 8
  • Para cambiar la dirección o la información de propiedad, favor de notificar a la oficina de inmediato para evitar retrasos en la recepción de su pago mensual de HAP. 

Presentar aumentos de alquiler propuestos 

Favor de enviar sus avisos de renovación a: S8renewalrequests@cityofmadison.com

El propietario debe presentar la solicitud para el propuesto ajuste de alquiler con un mínimo de 60 días de antelación a la fecha de inicio del nuevo contrato de alquiler propuesto

El propietario no debe cambiar el alquiler durante el periodo inicial del contrato de alquiler.  Aumentos del alquiler no serán aprobadas a menos que se hayan corregido cualquier problema identificado en la inspección más reciente.  

La CDA puede solicitar a los propietarios información sobre los alquileres cobrados por otras unidades en la propiedad. Al evaluar los alquileres propuestos en comparación con otras unidades, la CDA considerará el tamaño de la unidad y la duración de la tenencia en las otras unidades. 

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