Juicios

La Oficina del Abogado de la Ciudad representa a la Ciudad, y esta tiene la carga de probar las infracciones mediante pruebas claras, satisfactorias y convincentes.

Llegar a un acuerdo

Normalmente se puede llegar a un acuerdo antes del juicio si se hace al menos una semana antes de la fecha del juicio. Llame a la Oficina del Abogado de la Ciudad al (608) 266-4511 si decide llegar a un acuerdo.

Abogados

Puede tener o no un abogado que lo represente en el juicio. Los juicios del Tribunal Municipal no son cargos penales, por lo que el tribunal no le designará un abogado.

Preparación para el juicio

Antes del juicio, tendrá que prepararse para fundar su caso. Esto podría incluir testigos, pruebas, o ambos.

​​​​​No suponga que las declaraciones escritas se aceptarán como prueba. En la mayoría de los casos, no se permiten porque tienen testimonios de oídas. En su lugar, cite a los testigos para fundar su caso.

Citación a testigos

Asegúrese de que los testigos se presenten al juicio. Deberá citar a los testigos al menos dos semanas antes del juicio. Consulte cómo citar a los testigos.

Pruebas y pedido de presentación de pruebas

Reúna todas las pruebas que necesite para fundar su caso. Puede pedir copias de los informes policiales relacionados con su juicio y una lista de los testigos. Consulte cómo reunir pruebas.

Qué pasa en el juicio

  1. Los fundamentos de la Ciudad

    La Ciudad presentará primero su versión del caso. Por lo general, implica llamar a testigos y presentar otro tipo de pruebas. La Ciudad puede llamarlo a declarar como testigo en su caso.

    Usted podrá interrogar a los testigos de la Ciudad. Limite sus preguntas a los hechos del caso, no a los argumentos
    sobre este.

  2. Sus fundamentos

    Una vez que la Ciudad haya presentado su versión del caso, usted puede llamar a los testigos y presentar las pruebas si quiere. Puede testificar a su favor.

    La Oficina del Abogado de la Ciudad puede interrogar a los testigos, incluyéndolo a usted si testifica.

  3. Argumentos de cierre

    Después de que la Ciudad y usted hayan presentado sus fundamentos, ambos podrán hacer un argumento de cierre. La Ciudad argumenta primero.

    La Ciudad tiene otra posibilidad de argumentar su postura después de los argumentos de cierre porque tiene la carga de la prueba.

  4. Veredicto de culpabilidad o inocencia

    Después de los argumentos de cierre, el juez evalúa las pruebas. El juez tendrá en cuenta las ordenanzas de la Ciudad y decidirá si usted es culpable o inocente de las infracciones.

Penalizaciones

Si no comparece en el juicio o si lo declaran culpable, es posible que deba pagar más que la cantidad que se indica en su citación. También puede haber otros costos por los cargos de los testigos, los gastos de traslado y las citaciones.

Apelaciones

Hay tres opciones de apelación si lo declaran culpable. Por cada una se aplica un gasto de presentación. Si la Ciudad pierde el juicio, puede apelar la decisión.

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